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  • Antecedentes Históricos

En la América Latina, se adoptó como norma jurídica para la delimitación de las fronteras terrestres de los Estados surgidos con la independencia, el principio del “Uti Possidetis Juris de 1810”, según el cual, dichos límites deberían ser los mismos que tenían las divisiones políticas mayores de las colonias españolas en nuestro continente.

En el caso de Colombia, su territorio debería llegar hasta donde el Virreinato de las Nueva Granada había colindado en 1810.

Cuando el 20 de agosto de 1739 el Rey de España reerigió el Virreinato de la Nueva Granada, que había creado en 1717, le adscribió, entre otras, las Provincias de Panamá, Portobelo, Veraguas y Darién. En 1810, se dan los primeros aires del movimiento emancipador que llegaron a tierras granadinas. Desde entonces las diferentes provincias que hacían parte de Virreinato, comenzaron a proclamar su independencia de España.

Más tarde, el 10 de noviembre de 1821, la Villa de Los Santos se declara como “ciudad libre e independiente bajo el auspicio y garantía de Colombia”. El 28 de noviembre del mismo año la Provincia de Panamá adoptaba idéntica medida. Las Provincias de Panamá y Veraguas pasaron a formar parte del Departamento del Istmo, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley de Organización Territorial de Colombia expedida en el mes de junio de 1824.

El 12 de diciembre de 1846 se suscribió el Tratado Mallarino – Bidlack, mediante el cual se aseguraba a los Estados Unidos el derecho de tránsito a través del Istmo. Por su parte, los Estados Unidos garantiza la neutralidad del Istmo así como los derechos de propiedad y soberanía a la Nueva Granada sobre dicho territorio.

En el decreto del 7 de agosto de 1847 se ordena levantar la carta geográfica de la República en donde se establece los límites provinciales para el territorio de Darién: “Por el río Atrato, desde su desembocadura hasta la confluencia con el Napipí y por éste hasta su nacimiento, desde donde se seguirá por una línea recta hasta la bahía de Cupica en el Océano Pacífico”.

En el artículo 70 de la Ley 9 de junio de 1855 se señalaron los límites para el nuevo Estado: “Por el Este, desde el Cabo Tiburón a las cabeceras del Río La Miel y siguiendo la cordillera por el Cerro de Gandi a la Sierra de Chugargún y a Altos de Aspavé, y de allí al Pacífico, entre Cocalito y Ardita”.

El 6 de septiembre 1861 se redacta el Convenio de Colón, mediante el cual Panamá pasó a formar parte de los Estados Unidos de la Nueva Granada.

El 9 de enero de 1909 se firman los tratados entre Panamá y los Estados Unidos, los cuales fueron puestos a consideración de los respectivos Gobiernos.

En el Tratado con Panamá se reconocía la independencia de esta Nación; se señalaba la frontera entre los dos países desde Cabo Tiburón, en el Océano Atlántico, y los Altos de Aspavé, dejando el tramo occidental (sector de Juradó) para que fuera definido por un tribunal de Arbitramento.

El 8 de mayo de 1924 se suscribió el Acta, mediante la cual se acordó el restablecimiento de las relaciones entre Colombia y Panamá y la negociación de un tratado sobre límites.

El 20 de agosto de 1924 se suscribió el Tratado Victoria – Vélez, mediante el cual, tomando como base la Ley del 9 de junio de 1855, se señaló la frontera terrestre entre Colombia y Panamá, desde el Cabo Tiburón, en el Atlántico, hasta un punto equidistante entre las puntas de Cocalito y Ardita, en el Pacífico.

Fuente: Arreglo de Límites Entre La Republica de Colombia y La República de Panamá; Páginas: 7-16, 51.

  • Tratado de Límites Entre Panamá y Colombia (Tratado Victoria – Vélez 1924)

           -  Tratado de Límites Entre Panamá y Colombia - Documento Original (.pdf)
           -  Gaceta Oficial 4550: Tratado de Límites Entre Panamá y Colombia (.pdf)

  • Comisión Mixta Permanente de Límites Entre Panamá y Colombia.

          -  Reglamento General de la Comisión Mixta Permanente (.pdf)


 

 

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